¿Qué Medidas Toman las Empresas para Enfrentar las Trabas a las Importaciones?

Especialistas consultados coinciden en destacar que estamos ante  “una olla a presión”, donde no hay reglas claras. A esta problemática se suman la catarata de amenazas que llegan de otros países por las barreras impuestas desde el gobierno nacional y el “cuarto intermedio” al que pasaron los trabajadores portuarios tras 48 horas de paro por la caída en la actividad

Los empleados portuarios, de despachantes de aduana, comisionistas y camioneros levantaron a última hora del viernes el bloqueo que mantenían sobre varios puertos del país, tras acordar un cuarto intermedio hasta el viernes próximo. En la reunión, los funcionarios se comprometieron a tomar medidas que agilicen la salida de contenedores.

La medida de fuerza era en protesta a las restricciones comerciales que lleva adelante el Secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, sumado a la importante caída en la actividad que se produjo tras la aplicación de la Resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos Nº 3252/12. Si bien se tomarán medidas para que la salida de mercadería de los puertos sea más rápida, el secretario de Comercio aclaró que no dará marcha atrás con las polémicas Resoluciones.

En tanto, Brasil amenaza con imponer  sanciones comerciales al país por las trabas a la importación de carne de cerdo, Italia muestra preocupación por las barreras tarifarias impuestas por la Argentina a las importaciones, Colombia ya envió una nota de queja ante la Organización Mundial de Comercio por las medidas de restricción contra las compras en el exterior de algunos productos.

Ésta es una radiografía de lo que ocurrió en los últimos días y se siguen sumando  las  quejas a las de otros importantes socios comerciales que amenazaron con demandas legales por incumplimiento de las normas internacionales por parte del gobierno argentino.

Frente a esta situación, Abogados.com.ar consultó a asesores de empresas para saber qué mecanismos tienen para enfrentar esta situación y qué dice la Justicia ante la falta de normas claras.

Muchas Consultas, pocas Medidas Judiciales

Mercedes de Artaza, asociada de M&M Bomchil, dijo que “la situación actual es una olla a presión”.

Así, la abogada explicó que las empresas tienen miedo a las represalias y no quieren tomar medidas judiciales. Primero consultan, después analizan y por último, tratan de adaptarse.
“Las firmas que más evalúan recurrir a la Justicia son las que están ahogadas y lo hacen como última instancia antes de cerrar”, agregó de Artaza.
En tanto, Esteban Rópolo, socio de Baker & McKenzie, indicó que lo que estamos viendo en estos días es el estallido a tantos meses de locura”.

El letrado dijo que no cree que el Gobierno vaya a dar marcha atrás. Ya que su objetivo es tener $10.000 millones de superávit, y si a esto se agrega el tema de YPF, van a tener que buscarlo por otro lado.

“Hoy es una locura operar, imposible de destrabar”, sostuvo Rópolo.

En ese sentido agregó: “No sé hasta qué punto se favorece la industria nacional con estas medidas. Las empresas que producen acá o importan insumos deben parar si no llega la materia prima en cuestión”.

Los abogados consultados coinciden en destacar que las firmas que tienen procesos productivos sufren presiones para sustituir importaciones y no se puede de un día para el otro rearmar la cadena logística, desarrollar un proveedor local, importar enseñanza, prueba, formación.

“Si la idea fuera mejorar a la industria nacional debiera hacerse mediante un plan lógico”, indicó Rópolo.

Y, sostuvo, que si bien desde la parte jurídica hay muchas consultas “nadie saca los pies del plato, todo queda ahí, en la opinión legal”.

“Lo que observo hace dos meses y medio es que todo el mundo corre tratando de sacar papeles, conseguir reuniones y ver cómo les va”, concluyó Rópolo.

Jorge Pérez Alati, titular de Pérez Alati, Grondona, Benítes Arntsen & Martínez de Hoz (h) fue más allá y explicó que la realidad es que a lo largo de estos años de kirchnerismo las empresas se acostumbraron a convivir con un régimen autoritario y de alguna manera sin reglas firmes.

“Muchas normas no eran escritas sino órdenes telefónicas o que resultaban de reuniones”, indicó el abogado.

En ese sentido, el titular de PAGBAM dijo que durante mucho tiempo esta conducta fue condonada, admitida por complicidad con muchos empresarios ya sea porque obtenían alguna medida favorable, o posibilidad de aumento de un precio.

“Todo estaba bien mientras se ganaba plata. La rentabilidad hoy cambió porque el colchón de beneficios se fue evaporando con el dólar atado en tres y cuatro pesos”, explicó el abogado.

“Ahora que la situación es otra y tiene otro color, como los márgenes se están evaporando y las ventas son menores en nivel interanual, los empresarios argentinos descubrieron que existía un orden jurídico o moralidad que habían dejado”, sostuvo el abogado.

Quid Pro Quo
Para Pérez Alati, de continuar esta situación se va a ver una mayor reacción por parte de empresarios, sindicatos, van a ir cambiando en la medida que la gente vea que le cuesta más el día a día.

Así, el abogado indicó que  se observa una caída de la rentabilidad, menores ventas, complicaciones para adquirir insumos, preocupación sobre el futuro: hay empresas que son importadoras netas, clientes que exigen estabilidad y eso la Argentina no lo puede ofrecer.

“Si a esto sumamos la brecha de $4,30 del dólar oficial al marginal de $5 y pico. Esto va  a hacer que cambien cosas, los exportadores van a ver qué les conviene hacer”, agregó.

El titular de PAGBAM dijo que en temas que antes no le importaban hoy el argentino se va a manifestar de manera distinta, o puede ser que el gobierno tenga éxito –como cuando se hizo cargo de las reservas del Central-.

Para esto, sostuvo, que lo mejor es ver las cifras de inversión extranjera directa, que se redujeron al mínimo histórico, tanto en términos absolutos como relativos.

A modo de ejemplo, Perez Alati contó que Chile antes recibía un tercio de la inversión extranjera directa, y en la actualidad recibe tres veces más que la Argentina.

Frente a este escenario de menores ventas y menos rentabilidad, los empresarios se van a sentir más complicados, va a haber  “quid pro quo” del latín, significa algo a cambio de algo, intercambio de favores, concluyó Pérez Alati.

Las Licencias No Automáticas
La abogada de M&M Bomchil, explicó que varios importadores afectados por la imposición de Licencias No Automáticas (LNA) han logrado la revisión judicial de esas medidas o solicitado medidas cautelares a fin de ordenar a las autoridades aduaneras la autorización de la importación definitiva sin la exigencia del Certificado de Importación aplicable.

 


En otros casos, sostuvo, apuntaron a la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las normas mediante las cuales las LNA son establecidas.
De Artaza explicó que en general estas solicitudes fueron admitidas por los tribunales de 1º y 2º instancia por entender que se había establecido una restricción temporal a la importación.

“Esto implicaba no sólo un perjuicio concreto para el importador, sino también un vicio en la finalidad del acto administrativo, atento a que el objetivo de obtención de información sobre flujos de importación –finalidad propia de las LNA- había sido obviamente distorsionado por los plazos en que las licencias eran liberadas”, contó.

Hasta ahora, dijo la letrada, no ha habido un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
 
Cronología de las Trabas
El detalle de las distintas imposiciones que debe cumplir una empresa para poder ingresar mercaderías al país:
1.    Licencias no Automáticas (LNA): La importación de determinados productos requiere la presentación de una solicitud ante la Dirección de Importaciones, acompañada de información y documentación relativa al importador y la importación específica. El referido procedimiento es independiente del requerido a efectos aduaneros y se configura como procedimiento previo para la efectiva liberación de la mercadería en Aduana.

2.    Resoluciones Generales Nº 3.252 y 3.255 de 2.012: la AFIP estableció el régimen de Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo a partir de la cual se exige a los importadores, como condición para la validación de la importación, la presentación de la DJAI en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar operaciones de compra en el exterior.

3.    Resoluciones Generales Nº 3276 y 3307 de 2.012: la AFIP dispuso que a partir del 1º de abril de 2012 debe presentarse una Declaración Jurada Anticipada de Servicios (DJAS) con relación a los servicios prestados por sujetos no residentes a residentes argentinos cuya retribución sea igual o superior a u$s100.000 o cuando el monto de cada cuota resulte igual o superior a u$s10.000, así como también por los servicios prestados por residentes argentinos a sujetos no residentes, sin que un monto mínimo esté previsto en la norma.

4.    Comunicación “A” 5274 del BCRA: modificó el régimen aplicable al pago de importaciones de bienes limitando el pago anticipado de deudas por este concepto -anteriormente sin un plazo máximo establecido- hasta 5 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento de la deuda.  A su vez, esta comunicación incorporó como requisito para acceder al mercado de cambios para el pago de importaciones definitivas a consumo, que el importador cuente con la DJAI en estado de “Salida” y que no registre demoras en la nacionalización de oficializaciones de despachos de importación o en el reingreso de las divisas en caso de falta de nacionalización.

5.    Comunicación “A” 5295 del BCRA: impuso restricciones para efectuar pagos de servicios y rentas a no residentes estableciendo la necesidad de contar con la conformidad previa del BCRA para el pago de servicios al exterior por montos superiores a u$s100.000 por año cuando el beneficiario sea una persona vinculada o esté constituida o domiciliada en jurisdicciones de nula o baja tributación. Adicionalmente, en cada caso será necesario verificar que el respectivo contrato haya sido registrado bajo la DJAS.

6.    Resolución General Nº 3.304 de AFIP: se intensificaron los procedimientos de control físico y de valor a implementarse en el procedimiento de importación de mercaderías transportadas en contenedor en las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza y en aquellas del interior del país que sean designadas en el futuro por AFIP. La norma dispuso que con carácter previo al libramiento de la mercadería se realizará la extracción de muestras y la toma de fotografías para la realización de los análisis que resulten necesarios para la correcta clasificación y valoración de la mercadería. Esto es de reciente aplicación por lo que no se conoce cuál será el impacto que tendrá a nivel de restricciones.

7.    Notas de pedido y Planes de exportación 1 a 1: La Secretaría de Comercio Interior requiere en forma simultánea a la presentación de las DJAIS, la presentación de información relativa a las estadísticas de importación/ exportación y listas de precios de los productos a importar para los últimos 2 o 3 años y una proyección de estas mismas variables para 2012.  A partir de la presentación de esta información la Secretaría podrá dar su aprobación para la validación de la importación o requerir información adicional a partir de la cual pueden requerirse tanto compromisos relativos a los precios futuros, como la sustitución de importaciones, o inversiones para el desarrollo de la producción local, etc. En este marco de negociación, muchos importadores se ven en la necesidad de presentar compromisos de exportación 1 a 1 tendientes a nivelar su balanza comercial como condición previa para la liberación de la mercadería en Aduana mediante la validación de la DJAI y la aprobación de la LNA. No existe norma jurídica que avale este requerimiento.
 

 

 

Opinión

La relación de dependencia como puerta de entrada al esquema protectorio laboral y su necesidad de reforma
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados
empleos
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan