El Poder Ejecutivo reglamenta el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento

El 16/10/19 se publicó el Decreto 708/19, mediante el cual se reglamenta la Ley 27.506 que creó el "Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento".

 

La ley establece un régimen de beneficios fiscales con el fin de promocionar ciertas actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización a la obtención de bienes o la prestación de servicios. El régimen entrará en vigor el 01/01/20 y permanecerá en vigencia hasta el 31/12/29.

 

La autoridad de aplicación es la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, quien deberá dictar normas aclaratorias para regular varios aspectos que no se encuentran precisados ni en la ley ni en el decreto.

 

En lo relativo a los requisitos necesarios para acceder al régimen, el decreto formula precisiones adicionales respecto a ciertos conceptos, tales como "Actividad Principal", "Acreditación de Mejoras Continuas de Calidad", "Gastos de Investigación y Desarrollo", "Capacitación de Empleados" y "Exportaciones".

 

Para inscribirse en el registro correspondiente el interesado debe presentar la documentación que se establezca y acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en los últimos 6 meses inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

 

El 18/10/19 la autoridad emitió la Resolución 449/19 mediante la cual se regulan, entre otras cosas, los siguientes puntos: (i) detalle de las actividades y rubros comprendidos; (ii) procedimiento para la inscripción en el registro correspondiente; (iii) aportes que deberán realizar los beneficiarios; y (iv) procedimiento que deberán seguir beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software. 

 

Por Guillermo Cervio, Martín Barreiro, Roberto Grané y Martín Roth

 

 

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