Responsable de Integridad: ¿comprometido o involucrado? El desafío de la independencia
Por Adrián Lerer*

Es por muchos conocida la fábula de la gallina y del cerdo que quieren combatir el hambre en el mundo; tiene -como toda fábula de tradición oral -muchas versiones; la mía es ésta:

 

Una gallina y un cerdo paseaban un día, preocupados por la situación social imperante en el planeta. De pronto, la gallina le dijo al cerdo:

 

– Oye cerdo, ¿que te parece si nos asociamos para combatir el hambre en el mundo?.

 

Después de uno pocos segundos el cerdo contestó:

 

– Me parece buena idea. ¿Cómo lo haríamos?.

 

La gallina pensó un poco y contestó:

 

– Podemos aportar algo nuestro para hacer un nutritivo plato para la gente que pasa hambre: “Huevos con jamón”.

 

El cerdo se detuvo, hizo una pausa y contestó:

 

– Pensándolo mejor creo que no voy a participar de tan noble empresa. De elaborar ese plato, yo estaría comprometido pero tú solamente estarás involucrada; no sería justo!!!!

 

Cómo vincular esta fábula a cuestiones de integridad, derivadas de la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal de las Empresas en la Argentina?ó

 

Postulo, en función de la experiencia internacional relevada y la personal en casi veinte años en áreas legales y de prevención de fraudes en empresas, que si el responsable de integridad no tiene suficiente poder para moverse con independencia y libertad «caiga quien caiga», todo intento de cumplir el fin legal-y social- de luchar contra la corrupción será vano, nuevo Gatopardismo cambiando algo para que nada cambie (1).

 

A su vez, creo que la forma de generar un verdadero y positivo conflicto de interés que justifique e incentive al responsable de integridad a «patear el tablero» ante un caso de corrupción es enfrentarlo, esta vez sí a un dilema no sólo ético sino vital: o investigo y denuncio, o salgo perjudicado en lo personal.

 

Por eso, como el cerdo, es mejor que el responsable de integridad este comprometido, no sólo involucrado.

 

El dilema «interno vs. externo» del responsable de integridad.

 

Mucho se habla y escribe en los ámbitos vinculados al compliance sobre ventajas y desventajas de tener al responsable de integridad dentro o fuera de la estructura de las empresas.

 

Es una antigua discusión -a mi juicio falsamente dilemática- que la sanción de la ley 27.401 de responsabilidad penal de las empresas a fines de 2017 reavivó en estos tiempos.

 

El tema se plantea, en síntesis, como una puja entre conocimiento del negocio y de la cultura de la empresa, por una parte, y la independencia y libertad para levantar, investigar y denunciar actos contrarios a la integridad -sobre todo en los altos niveles jerárquicos- por la otra.

 

Leopoldo Marechal decía que «de los laberintos se sale por arriba»(2); hay que superar esa falsa dicotomía reduccionista y elevarse para enfocar la situación subyacente: cómo controlar al poder dentro de una empresa en la que la alta dirección puede casi con absoluta impunidad abusar de su autoridad, de la confianza, y de las facilidades que otorgan las relaciones jerárquicas y de la siempre disuasiva y aleccionadora herramienta del despido con o sin causa.

 

La experiencia internacional nos muestra inconvenientes prácticos que se perciben desde mucho antes de la entrada en vigencia de la ley en la estructuración de las áreas de prevención y detección de fraudes y de compliance de las empresas:

 

i) cómo asegurar la independencia y libertad de acción ante casos donde los investigados pertenecen a las más altas esferas de la organización, si el área y su responsable dependen del CEO, del CFO o del Director o Gerente de Legales o Auditoría Interna; y

 

ii) cómo evitar un mero cumplimento rigorista y formal, armando sólo en el papel y para la foto un sistema de integridad, sin cumplir con el objetivo legal de evitar actos de corrupción, tanto pública como privada, en las empresas.

 

Debemos indagar vías superadoras para que el responsable de Integridad esté comprometido, no sólo involucrado. 

 

Para salir por arriba del laberinto interno vs externo / independencia vs dependencia es bueno, «desde arriba» ver una simple matriz de conocimiento vs libertad de acción que elaboré, y propongo a continuación: 

 

La matriz nos da otra perspectiva: lo óptimo sería encontrar alguien con mucho conocimiento de la firma, o por lo menos del sector de la actividad del que se trate, y del clima de negocios donde se desenvuelve la empresa, del o de los marcos regulatorios que rigen sus mercados, y a su vez alguien con mucho seniority de modo de poder imponerse, investigar y eventualmente denunciar aún a los más altos eslabones de la cadena de mando de la compañía.

 

       

 

Pero ese príncipe (o princesa) azul de integridad es una figurita difícil en el álbum corporativo...

 

Estudiando los otros cuadrantes, observamos casos más realistas por la frecuencia con la que los encontramos, pero menos eficaces a la hora de velar por la integridad: el responsable interno que conoce mucho de la compañía, pero carece de la suficiente independencia; y el consultor externo con o sin peso propio como para actuar con independencia y apoyo de los accionistas, y que a su vez no conoce acabadamente la empresa, el sector, las relaciones reales de poder internas y externas...

 

Final de cuento 

 

Como en el fragmento de El Rey Lear que sirve de epígrafe, en estos tiempos hay que decir la verdad aunque no sea simpática: sea interno, interno con apoyo externo, o externo, el responsable de Integridad debe ser alguien al que no le alcanza sólo con su conocimiento del negocio, del sector, y de las actividades, normas internas, cultura y relaciones de poder internas; debe poder actuar aún pese a la voluntad aún del management, del directorio y de los accionistas si se encuentra frente a un caso de corrupción. Y debe tener sobre su cabeza la amenaza de terminar como el cerdo de la fábula, comprometido.

 

Un responsable interno, o un consultor externo con seniority y conocimiento del sector, y del modo en que se hacen los negocios en el ámbito donde se desenvuelve la compañía, elevados a la categoría de director o socio gerente u ombudsman de integridad, con participación y con poder de veto de decisiones clave si se afecta el rubro por el que debe velar es la única vía realista para que esta ley de responsabilidad penal de las empresas sirva para combatir la corrupción sistémica. El resto, lamentablemente, será más hipocresía empresarial.

 

 

 

 

Citas

* Abogado (UBA) – Master Ejecutivo en Dirección de Empresas (IAE Universidad Austral
(1) di Lampedusa, Giuseppe Tomasi: El gatopardo (edición definitiva) Editorial:Edhasa
(2) Marechal, Leopoldo: Laberinto de amor (fragmento)
Dedicado a María Zoraida
“Señor –le dije-, clavo la rodilla y la frente,
pero, ¿cómo salir de la noche doliente?”
«Y respondió:
                     “En su noche toda mañana estriba:
de todo laberinto se sale por arriba...»
(http://leomarechal.blogspot.com.ar/2010/10/laberinto-de-amor.html?m=1)

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