Reiteran que es en el domicilio inscripto de una sociedad regularmente constituida donde debe cursarse el emplazamiento a estar en juicio

En los autos caratulados “Martín Germán Roberto c/ 3M Argentina S.A. s/ Despido”, el juez de grado desestimó el planteo de nulidad de notificación presentado al concluir que el informe del cambio de domicilio es posterior a la fecha de notificación de la demanda que surge de la cedula.

 

Dicha decisión fue apelada por la demandada, quien argumentó que la sentenciante de grado omitió considerar el obrar de mala fe del actor quien tenía cabal conocimiento de cuál era su domicilio a la fecha del traslado.

 

Tras ponderar que “la propia demandada reconoce que el cambio de domicilio fue registrado el 20 de diciembre de 2016”,  los jueces de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo destacaron que “a las personas jurídicas, como lo es la sociedad anónima demandada, la ley les atribuye un domicilio legal; es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones (Artículo 74 C.C.C.N)”.

 

En tal sentido, el tribunal recordó que “a partir del Fallo “Acher” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta Sala viene sosteniendo (VG, “Toledo Nélida L. c/ Sanatorios y Clínicas Asociados S.A. s/ Despido”; SD 39.171 del 22/10/12), que es en el domicilio inscripto de una sociedad regularmente constituida, donde debe cursarse el emplazamiento a estar en juicio”.

 

Por otro lado, los magistrados destacaron que "el cambio de domicilio que consta es de fecha posterior a la notificación de la demanda y si bien existió constancia obrante en el intercambio epistolar de un domicilio distinto, no es menos verdad que el traslado mencionado se realizó el 29/03/2016 al domicilio legal de la sociedad, en conformidad con lo informado por la IGJ”.

 

Al resolver que “corresponde a la sociedad adoptar los recaudos necesarios para recibir todas las notificaciones, correspondencia, etc., que puedan dirigírsele, en la inteligencia de que todos esos trámites y comunicaciones resultarán validos hasta tanto se anote un nuevo domicilio legal”, los camaristas decidieron confirmar lo resuelto en la instancia de grado.

 

 

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