La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Córdoba decidió no hacer lugar a una solicitud presentada por la Asociación Mujeres por la Vida, rechazando de esta manera un pedido para prohibir la distribución y comercialización de la píldora del día después.
Tal pedido, fue efectuado por dicha asociación a través de un pedido de aclaratoria, con el fin de lograr que la orden dada al Ministerio de Salud de abstenerse de prescribir en los hospitales tal método anticonceptivo, se hiciera extensiva tanto a la comercialización como distribución de dicho método por considerarlo abortivo.
El recurso de aclaratoria mencionado, se basaba sobre una sentencia emitida sobre dicha Cámara surgida en respuesta a una acción de amparo presentada por la mencionada Asociación.
A través de tal pedido, se solicitaba una definición del tribunal para poder definir si tal método anticonceptivo de uso sistémico se encontraba alcanzado por dicha sentencia.
Los camaristas, decidieron por unanimidad rechazar el pedido efectuado para que tal prohibición de uso de la píldora del día después tenga alcance general, tal como fue informado por parte del Ministerio de Salud de Córdoba.
Publicado por Abogados.com.ar 08:35 AM | 03 de septiembre 2008 | No hay comentarios
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