Patentes – PCT: Consideraciones al momento de establecer estrategias en LATAM

Nos referimos a los países de la región que no suscribieron al Tratado PCT, las consecuencias para los solicitantes y algunas consideraciones importantes a la hora de establecer la estrategia.

 

Como es sabido, el principal objetivo del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT por sus siglas en inglés) es facilitar la presentación de solicitudes de patente a nivel internacional en los países suscriptos.

 

El sistema permite a los solicitantes extender los plazos para presentar las fases nacionales por hasta 18/19 meses adicionales al Convenio de Paris, contando ya con una búsqueda internacional y un informe preliminar que les permite avanzar con mayor certeza sobre la viabilidad del invento, especialmente considerando la inversión que implica la entrada a fase nacional.

 

Actualmente, el PCT cuenta con 156 Estados contratantes. Dentro de la región, Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela no firmaron el acuerdo por lo cual es necesario tener en cuenta el plazo de 12 meses establecidos en el Convenio de París para obtener protección.

 

La falta de adhesión al tratado no solo excluye de sus beneficios a los países que no son miembros, sino que muchas veces los solicitantes de países, que sí son miembros del tratado, se encuentran con la imposibilidad de proteger su invención al querer presentar una solicitud pasados los 12 meses establecidos en el Convenio de París, al no cumplir con el requisito de novedad absoluta.

 

Por tal motivo, es necesario que al momento de establecer la estrategia internacional, el solicitante considere lo siguiente:

 

  • En caso de reivindicar una prioridad, la solicitud internacional PCT y las solicitudes nacionales en los países fuera del tratado deben ser presentadas dentro del mismo plazo (12 meses desde la prioridad).
  • Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela exigen novedad absoluta. Una vez pasados los 12 meses desde la primera presentación, no es posible reivindicar prioridad. Asimismo, si la solicitud PCT fue publicada ya no es posible obtener protección.
  • En caso de que los 12 meses hayan expirado y la solicitud PCT no haya sido divulgada o publicada, es posible presentar la solicitud sin reivindicar prioridad, pero teniendo en cuenta que la fecha que se tendrá en cuenta al momento de analizar la novedad será la fecha de presentación local.
  • En todos los casos, una solicitud PCT puede servir como prioridad si la solicitud es presentada dentro de los 12 meses desde la presentación de la PCT.

En el caso de Argentina, se viene discutiendo la adhesión definitiva al Tratado hace muchos años, el Senado argentino incluso otorgó media sanción al proyecto en 1998 pero aún la Cámara de Diputados no lo ha resuelto. En nuestra experiencia el sistema del PCT es beneficioso para titulares locales y extranjeros y esperamos que en breve se sumen más países al listado de países contratantes.

 

Por Rosario Mauro

 

 

Ojam Bullrich Flanzbaum
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