La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral determinó que un empleado que había sido despedido por haber efectuado una presunta amenaza a una compañera, deberá ser indemnizado, debido a que no se logró comprobar dicha agresión.
Los magistrados, consideraron que el despido devino en injustificado, como consecuencia de que no se pudo demostrar la existencia de amenazas a través de la declaración de un testigo que había sido presentado por la defensa.
Los magistrados que componen la Sala Primera, entendieron que en el caso ventilado en autos, donde quien fuese sindicado como el agresor habría propinado una amenaza a una compañera de trabajo luego de un pedido efectuado por la misma, no se pudo comprobar que el entredicho haya ocurrido con un tono amenazante.
A raíz de las supuestas amenazas, la compañera de trabajo involucrada en el hecho, había presentado una denuncia, donde afirmaba que su compañero había replicado un pedido por ella efectuado con una amenaza, en la cual le dijo que ella no tenía autoridad para darle órdenes, a la vez que prometió golpearla en caso de que vuelva a pedirle algo.
Ante tales hechos, la empleadora, había despedido al trabajador con causa, basadas en las presuntas amenazas, por lo cual no lo había indemnizado, pero dichas denuncia nunca pudo ser corroborada.
Publicado por Abogados.com.ar 09:56 AM | 22 de agosto 2008 | No hay comentarios
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