La justicia sentó un importante precedente en una causa contra la AFIP por la importación de mercadería

La juez María José Sarmiento había emitido un fallo en diciembre del pasado año que le otorgaba vía libre a la compañía Camozzi Neumática SA para aprobar e ingresar la mercadería varada en la Aduana sin la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).

 

El Gobierno Nacional decidió apelar la determinación, pero la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo ratificó la medida cautelar. De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) debe abstenerse de requerir la presentación de la Declaración.

 

Si la compañía y la mercadería reúnen todos los requisitos estipulados en las normas vigentes, el fisco deberá permitir la oficialización del despacho de importación, su tramitación, liberación a plaza y comercialización.

 

Una de las causas alegadas por los jueces para desestimar la apelación fue que los abogados del Gobierno no presentaron los motivos por los que las Declaraciones habían sido observadas.

 

Luego de esta determinación, el expediente deberá volver al juzgado de primera instancia, el cual tendrá que proceder al levantamiento de las trabas impuestas, lo que significa el ingreso de las mercaderías y el pago al acreedor del exterior.

 

En noviembre del año pasado, Federico Jiménez Herrera, abogado de la empresa, promovió una acción de amparo que también exigía la inconstitucionalidad y que se deje sin efecto la Comunicación A 5274/2012 del Banco Central de la República Argentina, ya que dificulta el acceso al mercado cambiario oficial.

 

Esta decisión de la justicia se convierte en un precedente de vital importancia para el resto de las empresas que no puedan ingresar mercadería y abonarla en el exterior por las trabas oficiales.

 

 

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