Las sociedades anónimas podrán cumplir su obligación de pagar la tasa anual hasta el próximo 31 de julio. Tal fecha ha sido la establecida por la Inspección General de Justicia como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual.
Tal fecha se dio a conocer en la resolución 1524/2008, la cual fue publicada en el boletín oficial. En dicha resolución, se estableció que se fijaba el día 31 de julio como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual por parte de las sociedades anónimas.
Asimismo, la resolución se encarga de aclarar que en caso de que se haya vencido el plazo encontrándose impaga tal tasa, será de aplicación las multas correspondientes.
Es importante señalar que el monto de la sanción establecido, es equivalente a aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en aquellas operaciones de descuento, sobre los importes omitidos.
Publicado por Abogados.com.ar 11:17 AM | 12 de junio 2008 | No hay comentarios
Entradas Relacionadas:
Etiquetas:
Enviar por e-mail / Compartir en: ![]()
![]()
![]()
Videos
Promueven Modificaciones Para la Ley de Drogas
Los Vecinos de las Villas Demandarán al Gobierno Porteño
Multan a Clarín por Publicar Avisos de Oferta Sexual
Blogroll
Encuesta