La Corte Suprema decidió confirmar la multa impuesta a una calificadora de riesgo

La Comisión Nacional de Valores (CNV) había multado a la sucursal argentina de la sociedad calificadora Standard & Poor’s, en forma solidaria con sus directores y miembros del consejo de calificación.

 

El motivo era que la entidad había realizado una calificación de títulos del Citibank NA Sucursal Argentina y del BankBoston NA Sucursal Argentina como de mejor calidad y más bajo riesgo, pero sin cumplir con los procedimientos que prevé su propio manual.

 

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo comercial había impuesta una multa a la consultora. Esto fue confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del voto de la mayoría.

 

En su resolución, el Máximo Tribunal remarcó que “las sociedades calificadoras de riesgos cumplen un rol fundamental en el desarrollo de los mercados de capitales y en la promoción de la transparencia de la información. La calificación de títulos que se colocan a través del régimen de oferta pública constituye un servicio que, al ser realizado en beneficio del conjunto de inversores, compromete el interés público, y por tal razón, requiere que sea desempeñado por empresas cuyos integrantes cuenten con un alto nivel de especialización en la materia y con una moral irreprochable. Asimismo, debido a la gran influencia que ejerce en el mercado ―tanto nacional como internacional― la actividad exige una altísima responsabilidad, debiendo llevarse a cabo con especial cuidado y prudencia y con estricto apego a las normas reglamentarias”.

 

La decisión de la Corte manifestó que la conducta asumida por la entidad resultó contraria a la integridad con la que sostuvo haber realizado los procesos de calificación y, además, que incurrió en diversas contradicciones, tanto en la instancia administrativa como judicial.

 

La resolución aclara que por la relevancia que tienen las sociedades calificadoras de riesgo en el funcionamiento de los mercados deben adoptar todas las medidas internas exigibles para el control de sus resultados y, de esta manera, evitar errores que puedan afectar a terceros.

 

Asimismo, se remarcó que este tipo de accionar por parte de las sociedades pueden generar confusión y hasta inducir al error en el público inversor, y es por ello que sus conductas deben estar ajustadas a los más estrictos criterios de buena fe y transparencia.

 

 

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