Explican cuándo corresponde admitir la extensión del beneficio de litigar sin gastos en un proceso contra otra persona

Si bien el artículo 86 del Código Procesal admite,  a petición del interesado, la extensión del beneficio de litigar sin gastos contra otra persona, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial aclaró que ello sólo puede ocurrir en el mismo juicio, si correspondiere.

 

El pretensor apeló la decisión de la magistrada de grado dictada en la causa “Matadero y Frigorífico Federal  S.A. c/ Savignon Rubén Edgardo y otros s/ Beneficio de litigar sin gastos”, en cuanto rechazó la solicitud orientada a que se extiendan los efectos del presente beneficio de litigar sin gastos hacia todos los juicios que se promuevan contra las personas físicas y jurídicas individualizadas en el expediente.

 

Los magistrados que componen la Sala D puntualizaron que “como principio, el beneficio de litigar sin gastos únicamente puede tener efectos con relación a un proceso específico”, por lo que “puede utilizarse exclusivamente frente a un adversario determinado”.

 

Si bien “el art. 86 del Cpr. admite, a petición del interesado, su extensión para litigar contra otra persona”, los camaristas aclararon que “ello sólo puede ocurrir “en el mismo juicio, si correspondiere””.

 

En base a ello, los Dres.  Juan José Dieuzeide, Pablo Heredia y Gerardo Vassallo entendieron que “si bien tal pretensión es admisible, no opera de pleno derecho ni implica una extensión automática del beneficio contra una nueva persona”, sino que “se encuentra sujeta a la citación de esta última en el mismo proceso y a la decisión judicial respectiva (conf. Fassi - Yañez, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y demás normas procesales vigentes. Comentado, anotado y concordado, tomo I, Buenos Aires, 1988, pág. 479)”.

 

En la resolución del 31 de marzo pasado, la mencionada Sala resolvió que “la pretensión es inadmisible, dado que el actor procura obtener un beneficio de litigar sin gastos contra sujetos a los que, si bien ha demandado, no les resulta aplicable el art. 86 mencionado precedentemente, en tanto intervienen en procesos diferentes al que nos ocupa”.

 

Al confirmar la  resolución recurrida, el tribunal concluyó que “la atípica acumulación subjetiva de acciones que persigue el actor, contraviene la letra de la norma legal antes citada y soslaya la necesidad de que, por la vía incidental pertinente, se otorgue debida intervención a la parte contraria (conf. arts. 80/81, Cpr.)”.

 

 

Artículos

Requisitos de los Programas de Cumplimiento de Libre Competencia en Chile
Por Sofía O´Ryan & Bárbara Galetovic
DLA Piper Chile
detrás del traje
Marcelo Jaime
De MARCELO JAIME ABOGADOS & CONSULTORES
Nos apoyan