Excepciones a la cuarentena para el ingreso a Argentina

Se publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 932/2021, la cual establece los requisitos bajo los cuales ciertas personas quedan exceptuadas de cumplir con el aislamiento sanitario al momento de ingresar a Argentina.

 

Las excepciones aplican (i) a personas de nacionalidad argentina y residentes en el territorio nacional que regresan al país del exterior y (ii) a personas extranjeras no residentes autorizadas expresamente a ingresar al país por la Dirección Nacional de Migraciones para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial o deportiva profesional para la que fueron convocadas.

 

Para ello, estas personas deberán cumplir con las siguientes condiciones:

 

a) Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de ingresar al país.

 

b) Tener una prueba PCR con resultado negativo en origen dentro de las 72 horas previas al embarque y realizarse un test de antígenos al ingresar al país.

 

c) Realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo desde su arribo al país, con resultado negativo.

 

d) Desarrollar sus actividades de conformidad con las medidas de prevención y cuidado, por un plazo de 10 días. Durante ese plazo, la persona no podrá concurrir a eventos masivos ni utilizar el transporte colectivo de pasajeros terrestre, salvo en situaciones expresamente autorizadas.

e) Contar con un comprobante de vacunación y exhibirlo cuando le sea requerido por las autoridades competentes.

Las personas extranjeras no residentes deberán cumplir, además, los protocolos establecidos para su actividad.

 

La decisión entró en vigencia el 24 de septiembre de 2021.

 

 

Marval O'Farrell Mairal
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