Revocan Remoción de un Síndico que No Publicó el Decreto de Quiebra
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió revocar la sentencia de primera instancia por medio de la cual se había removido a la síndico interviniente en una quiebra. En primera instancia, el síndico del proceso, había sido removido de su cargo, por considerar que había omitido la publicación del edicto por medio del cual se comunica el decreto de quiebra.
Los miembros de la Sala B, en los autos caratulados “Acetogen Gas S.A. s/ quiebra”, consideraron que de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 de la Ley de Concursos y Quiebras, le corresponde al secretario del juzgado publicar los edictos, dentro de las 24 horas de dictado el decreto de quiebra. Continuar leyendo »


