Como la AFIP no presentó pruebas fehacientes, el Tribunal Fiscal le dio la razón al contribuyente

En una reciente causa, caratulada como “Asistencia y Logística SA s/recurso de apelación - Impuesto al Valor Agregado”, el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) aceptó el planteó de la empresa y le aplicó un nuevo revés judicial a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

 

El organismo tributario decidió aplicarle la multa a una firma por defraudación debido a que se detectaron inconsistencias en las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en diferentes períodos fiscales.

 

La determinación de la AFIP se desprendió un allanamiento que llevaron a cabo en la empresa, donde secuestraron documentación que sirvió para objetar la imputación de créditos fiscales.

 

A pesar de que la firma aceptó la postura del fisco y presentó las declaraciones rectificativas del tributo, la AFIP decidió imponer una sanción por defraudación basándose en que se habían "consignado cifras inexactas" por lo que no había abonado el gravamen "en su justa medida".

 

La empresa se presentó ante el Tribunal Fiscal y solicitó la nulidad de la sanción, ya que el fisco no probó de forma fehaciente la presencia de su accionar doloso. Además, se remarcó que los agentes no hicieron referencia a una "declaración engañosa u ocultación maliciosa".

 

Esta postura fue aceptada por los miembros del Tribunal, quienes aclararon que en la causa existió una desconexión entre los hechos tenidos en cuenta por la AFIP y las normas aplicadas (en el sumario no se indicó los elementos en los basaron que las cifras no eran exactas).

 

Asimismo, el Tribunal afirmó que el fisco no especificó los montos que fueron tenidos en cuenta a la hora de arribar a la decisión en cuestión ni aportó las circunstancias que los llevaron a establecer una conducta dolosa del contribuyente.

 

 

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